Si vas a construir, producir o habilitar un negocio en Paraguay, una de las primeras preguntas es: ¿mi proyecto necesita licencia ambiental y qué estudio me van a pedir? La respuesta depende del nivel de impacto de la actividad, que el MADES (Ministerio del Ambiente y Desarrollo Sostenible) clasifica en categorías.
El marco legal: Ley N° 294/93 y Decreto N° 954/13
La Ley N° 294/93 de Evaluación de Impacto Ambiental y su Decreto reglamentario N° 954/13 son la base que obliga a que casi todo proyecto —industrial, agropecuario, inmobiliario o de infraestructura— cuente con un instrumento ambiental aprobado antes de operar. Ese instrumento se traduce, al final del trámite, en la Declaración de Impacto Ambiental (DIA), que es la "licencia ambiental" propiamente dicha.
Las tres categorías de impacto (a grandes rasgos)
Según la envergadura y el riesgo del proyecto, el instrumento exigido cambia. En términos prácticos, se suele hablar de tres niveles:
Categoría III — Impacto bajo → Plan de Gestión Ambiental (PGA)
Para actividades de menor escala (talleres, depósitos, pequeños emprendimientos, obras locales). Se resuelve con un Plan de Gestión Ambiental (PGA): medidas para manejar residuos, efluentes o emisiones menores.
Categoría II — Impacto moderado → Estudio de Impacto Ambiental (EsIA + RIMA)
Para industrias medianas, loteamientos medianos, estaciones de servicio, silos o canteras. Exige un Estudio de Impacto Ambiental (EsIA) completo y su Relatorio de Impacto Ambiental (RIMA), firmados por consultores registrados en el CTCA del MADES.
Categoría I — Impacto alto → EsIA con audiencia pública
Para proyectos de gran escala o alto riesgo (grandes industrias, desarrollos urbanos masivos, depósitos de combustible, obras nacionales). Además del EsIA y el RIMA, suele requerir audiencia pública y, en muchos casos, auditorías anuales (ICMM).
Ejemplos rápidos por sector
- Agropecuario: una explotación pequeña puede ir por PGA; a partir de cierta superficie pasa a EsIA, y los grandes desarrollos con cambio de uso de suelo entran en Categoría I.
- Industrial: un taller artesanal suele ser PGA; una fábrica mediana, EsIA; un frigorífico o una curtiembre, Categoría I.
- Inmobiliario: un loteamiento chico puede ser PGA; uno mediano o un edificio en altura, EsIA; un desarrollo urbano masivo, Categoría I.
- Estaciones de servicio: por el riesgo de contaminación de acuíferos, en Paraguay se categorizan habitualmente como EsIA (Categoría II).
Importante: esta clasificación es orientativa. La categorización oficial y definitiva la determina el MADES tras la presentación del formulario/cuestionario ambiental del proyecto. Dos proyectos parecidos pueden clasificar distinto según ubicación, superficie o sensibilidad del entorno.
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¿Querés seguir? Te puede interesar leer cómo es el trámite de la licencia ambiental paso a paso.
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